El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) incentiva la instalación de bombas de calor en las viviendas a través del sistema de certificados de ahorro energético (CAE).
Con este objetivo, ha abierto el trámite de audiencia pública de una nueva propuesta de resolución que establece coeficientes de corrección para incrementar el valor de los ahorros energéticos reconocidos en aquellas actuaciones de eficiencia energética consistentes en la sustitución de calderas de combustión de origen fósil por bombas de calor para la climatización de viviendas.
El anuncio de esta medida tuvo lugar en Álava el pasado miércoles 1 de julio, durante una intervención de Sara Aagesen, vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
«Vamos tejiendo las redes de las mejores soluciones posibles y hoy sacamos una consulta pública de CAE con multiplicadores aplicados a la vivienda para sustituir calderas por bombas de calor, donde los consumidores vulnerables van a tener un multiplicador adicional«, declaró Aagesen.
Cómo funcionarán los nuevos multiplicadores de los CAE para instalar bombas de calor
Además, la propuesta de resolución cumple un mandato del Real Decreto-ley 7/2026 para avanzar en la electrificación del sector residencial y reducir las importaciones de energía fósil en el ámbito del sistema CAE, que posibilita aplicar factores de multiplicación a los ahorros logrados para incrementar su valor económico.
Del mismo modo, estos multiplicadores se aplican ya a los ahorros alcanzados en procesos industriales con reducción considerable de emisiones de CO₂. En este caso, la resolución establece tres coeficientes multiplicadores distintos al valor de los CAE obtenidos mediante la sustitución de calderas por bombas de calor:
- Viviendas unifamiliares, pisos y apartamentos: se multiplicará por dos el valor del ahorro.
- Bloque con calefacción central: se multiplicará por tres.
- Bloque que sustituya calderas individuales por un sistema centralizado de bomba de calor: se multiplicará por cuatro.
Con la finalidad de combatir la pobreza energética, estos coeficientes pueden recibir un multiplicador adicional de 1,5 cuando determinadas actuaciones se apliquen en viviendas donde residan consumidores vulnerables severos.
Requisitos técnicos, calendario de aplicación y vigencia de la resolución
Asimismo, las fichas estandarizadas de las actuaciones podrán incluir requisitos relativos a umbrales mínimos de eficiencia energética según la zona climática, de instalación y mantenimiento, y de información, así como límites de volumen de ahorro aplicado.
Los multiplicadores podrán aplicarse a actuaciones iniciadas a partir del 22 de marzo de 2026, la fecha de entrada en vigor del RDL 7/26, y estarán limitados al 10% de las obligaciones máximas de los sujetos obligados que se liquiden mediante CAE en 2027. Desde el 2 de enero de 2027, también se podrán presentar expedientes CAE con solicitud de factor de corrección para bomba de calor.
En cuanto a la vigencia de esta resolución y de las fichas aprobadas, finalizará el 1 de enero de 2028. Los comentarios y alegaciones a la propuesta de resolución se podrán presentar hasta el próximo 24 de julio a través de un formulario web disponible en esta dirección.
*Para más información: https://www.miteco.gob.es/













