La Comisión Europea sienta las bases de una ley unitaria de consumo online
3 enero, 2016La normativa de consumo Europea fue reformada en Europa el 13 de junio de 2014 a través de la ley sobre los derechos de los consumidores. El principal objetivo de esta directiva era aprovechar el pleno potencial de la ventas online entre los Estados miembros, pero tras su puesta en funcionamiento el crecimiento del ecommerce se ha producido principalmente a escala nacional, mientras que el comercio electrónico transfronterizo entre los Estados miembros ha crecido de forma marginal. De hecho, de acuerdo a un informe de la Comisión Europea, el 42% de las ventas de servicios online en la UE tiene lugar a nivel doméstico.
Teniendo en cuenta este contexto, la Comisión Europea presentó el pasado 9 de diciembre una propuesta de directiva sobre determinados aspectos relativos a los contratos para las ventas de productos online y una propuesta de directiva sobre determinados aspectos relativos a la venta de contenidos digitales. El objetivo de este paquete de reformas es eliminar las barreras normativas existentes entre los 28 Estados miembros que impiden la creación del mercado único digital. Ello supondría, conforme a los datos de la Comisión Europea, la generación de 4.000 millones de euros anuales y la creación de miles de empleos.
Rafael Gómez-Lus, Experto legal de Trusted Shop España, analiza la propuesta de reforma de la Comisión Europea, que incluye:
– Derecho de garantía para los contenidos digitales: La reforma introduce una misma regulación en toda la UE para el derecho de garantía respecto a la compra de contenidos digitales. En caso de que el contenido digital resultase defectuoso, el fabricante respondería del mismo sin limitación temporal alguna. Si el juego o la música comprada dejara de funcionar, el consumidor tendría derecho al reembolso del precio. Igualmente, si el contenido digital es defectuoso, el consumidor no deberá probar que el defecto existía en el momento en que el contenido digital le fue suministrado.
– Derecho de garantía para las mercancías: Conforme a la actual normativa española, el consumidor puede ejercitar su derecho de garantía respecto a un producto defectuoso durante un periodo de seis meses sin tener que probar que el defecto ya existía en el momento de la entrega. Con la nueva normativa, este periodo pasaría a ser de a dos años. Asimismo, el consumidor ya no deberá informar al vendedor durante un plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de la falta de conformidad.
Estos cambios forman del paquete de reformas anunciadas por la Comisión para 2016 en la hoja de ruta para la creación de un mercado único digital en la UE.
Desde Trusted Shops esperamos que las propuestas de la Comisión faciliten las ventas transfronterizas y supongan un fortalecimiento del mercado único del comercio electrónico, aunque faltará ver cuál será la extensión de las reformas propuestas y cómo serán acogidas, afirma Rafael Gómez-Lus. Esperamos que las propuestas de la Comisión faciliten a los empresarios sus tareas administrativas y redunden en beneficio de los usuarios, concluye.
* Para más información: www.trustedshops.es