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Anulada la multa de 1.500 millones de euros de la UE a Google
1 octubre, 2024El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la decisión de la Comisión Europea de imponer una multa de casi 1.500 millones de euros a Google por abuso de posición dominante a través del servicio AdSense for Search (AFS) de su plataforma publicitaria AdSense.
Pese a que el Tribunal General ha ratificado la mayoría de las conclusiones del Ejecutivo, ha considerado que «no tuvo en cuenta todas las circunstancias pertinentes en su apreciación de la duración de las cláusulas contractuales que había considerado abusivas«.
El caso, al detalle
En concreto, el servicio AFS permitía que los editores de sitios web con motores de búsqueda integrados mostrasen anuncios vinculados a las consultas que los usuarios hacían en dichas páginas. De este modo, los editores podían recibir una parte de los ingresos generados por la visualización de dichos anuncios.
Asimismo, aquellos que generaban un volumen de negocios suficiente tenían la opción de negociar con Google un «Acuerdo de Servicios de Google» (GSA). No obstante, los GSA incluían cláusulas que restringían o prohibían la visualización de anuncios de servicios competidores de AFS.
En este sentido, en el año 2010, una empresa alemana presentó una denuncia ante la Oficina Federal Alemana de la Competencia, que fue trasladada a la Comisión Europea. Seguidamente, entre 2011 y 2017, otras compañías, entre las que se hallaban Microsoft, Expedia y Deutsche Telekom, también denunciaron este comportamiento.
Así, ya en 2016, la Comisión Europea inició un procedimiento en relación con tres cláusulas de los GSA, denominadas en la sentencia como «cláusula de exclusividad«, «cláusula de colocación« y «cláusula de autorización previa«. En septiembre del mismo año, Google eliminó o modificó estas cláusulas.
Más adelante, en 2019, el Ejecutivo determinó que Google había cometido tres infracciones diferentes, que en conjunto constituían una única infracción continuada, entre enero de 2006 y septiembre de 2016. Por este motivo, impuso a la compañía una multa de 1.494.459.000 euros, 130.135.475 de los cuales conjuntamente con su empresa matriz Alphabet.
Impugnación de la sentencia
Sin embargo, el Tribunal General considera que la Comisión no ha demostrado que cada una de estas cláusulas constituyera un abuso de posición dominante y una infracción única y continuada del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
También, apunta que el Ejecutivo no ha podido probar que las dichas cláusulas hubieran podido «disuadir a los editores de abastecerse en los intermediarios competidores de Google», ni que fueran capaces de impedir a estos competidores «acceder a una parte significativa del mercado de la intermediación de publicidad en búsquedas en línea en el Espacio Económico Europeo (EEE)».
De la misma manera, el Tribunal General señala que la Comisión Europea no tomó en consideración todas las circunstancias pertinentes en relación con la duración del tiempo en el que los editores habían estado sujetos a dichas cláusulas. Según el organismo, muchos de los GSA solo tenían una duración de unos pocos años, aunque se hubiesen renovado o prorrogado posteriormente.
Además, critica a la Comisión por solo haber tenido en cuenta la duración acumulada de estas cláusulas, sin haber comprobado si, durante las eventuales renovaciones o extensiones de estos acuerdos, los editores tuvieron la posibilidad de recurrir a intermediarios competidores de Google o disponían de un derecho de rescisión unilateral de dichos GSA.
Por último, el Tribunal General concluye que la Comisión no ha demostrado que dichas cláusulas hubieran podido «disuadir a la innovación«, «ayudar a Google a mantener y reforzar su posición dominante en los mercados nacionales de publicidad en búsquedas online» o «perjudicar a los consumidores«.
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*Para más información: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2024-09/cp240143en.pdf
01.10.2024